9 de octubre de 2026
El Porfiado

La Corte Suprema frena la venta libre de tierras a extranjeros

9 de octubre de 2026 · 2 min de lectura
La Corte Suprema frena la venta libre de tierras a extranjeros

El máximo tribunal hizo lugar a un planteo de cautelar interina y dejó en suspenso la anulación de la norma que limita la venta de campos a extranjeros, resguardando la titularidad y soberanía sobre los recursos naturales.

En un fallo con fuerte impacto político y judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina que suspende formalmente la derogación de la Ley de Tierras (Ley 26.737). De esta manera, el tribunal frena de forma provisoria los efectos de la desregulación y restablece la vigencia de los límites legales para la venta de inmuebles rurales a personas físicas o jurídicas extranjeras.

La resolución judicial responde a la necesidad de resguardar derechos de incidencia colectiva y prevenir daños irreparables en el patrimonio territorial del país mientras se analiza el fondo de la cuestión planteada por los querellantes.

Claves de la medida cautelar.

Suspensión inmediata: Se frena el apartado que pretendía derogar la Ley 26.737, impidiendo la adquisición irrestricta de campos y recursos por parte de capitales no residentes.

Carácter interino: La decisión actúa como una tutela de urgencia hasta tanto los magistrados evalúen la constitucionalidad definitiva de la norma que ordenaba su anulación.

Resguardo de recursos estratégicos: La resolución busca evitar operaciones inmobiliarias que superen el tope del 15% de titularidad extranjera a nivel nacional, provincial o departamental establecido por la legislación vigente.

“El dictado de la cautelar busca proteger la soberanía sobre el suelo nacional y los recursos naturales estratégicos mientras la Justicia analiza la validez constitucional del instrumento de derogación.”

Impacto en el sector inmobiliario rural.

Con el freno judicial, los registros de la propiedad inmueble y las escribanías de todo el país deberán mantener vigentes las restricciones y controles previos. Esto implica que las tierras rurales en zonas de frontera, áreas de seguridad y cuencas hídricas seguirán bajo la estricta limitación que fija la normativa aprobada originalmente en 2011.

El fallo genera un nuevo escenario institucional y fija un límite temporal a las reformas de desregulación económica en materia territorial, abriendo una etapa de definiciones dentro del ámbito del Poder Judicial.

Redacción: Nova Comunicaciones.

Sociedad
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